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title: "Certificado sustitutorio del título oficial"
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Tramitación Finalidad u objeto La Universidad emite un certificado firmado por el/la Rector/a, haciendo constar que cumple los requisitos exigidos por su plan de estudios para la obtención del título oficial correspondiente y que, habiendo pagado los derechos para su emisión, se encuentra a la espera de su recepción. La certificación surte en el territorio nacional los mismos efectos legales que la posesión del título definitivo. Para que tenga validez fuera de España será necesaria su legalización o, en su caso, el apostillado.  Responsable Secretaría de Facultad o Escuela. Requisitos Haber pagado los Derechos de expedición del Título Oficial. Que el Ministerio con competencias en Educación le haya asignado el número de registro nacional correspondiente al título. Quién Estudiante. Cómo Rellenando el  formulario de solicitud . Cuánto No requiere abono de tasas ni precios públicos Normativa Real Decreto 1002/2010 de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales .